domingo, 13 de junio de 2010

LA CONSTITUCION TITULO IX

..DE LAS ELECCIONES Y DE LA ORGANIZACION ELECTORAL..
CAPITULO 1:258-263.
DEL SUFRAGIO DE LAS ELECCIONES.
HABLA SOBRE:
EL VOTO ES UN DERECHO Y UN DEBER CIUDADANO, EL GOBIERNO OFRECE LAS GARANTIAS PARA QUE HAYA PRIVACIDAD Y SEGURIDAD,LOS CIUDADNOS ELIGEN EN FORMA DIRECTA PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA, SENADORES, REPRESENTANTES, GOBERNADORES, DIPUTADOS, ALCALDES, CONCEJALES MUNICIPALES Y DISTRITALES, MIEMBROSDE LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES Y EN SU OPORTUNIDAD, LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE Y LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES.LA ELECCION DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE NO PODRA COINCIDIR CON OTRA ELECCION.
CAPITULO 2:264.266
DE LAS AUTORIDAS ELECTORALES.
HABLA SOBRE:
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL SE COMPONDRA DE EL NUMERO DE MIEMBROS KE DETERMINE LA LEY, KE NO DEBE SER MENOR A SIETE QUE GOBERNARA POR 4 AÑOS, ESTA TENDRA ALGUNAS ATRIBUCIONES COMO:
  • EJERCER LA SUPREMA INSPECCION Y VOGILANCIA.
  • ELEGIR Y REMOVER AL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.
  • CONOCER Y DEICIDIR LOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN CONTRA LAS DESICIONES DE SUS DELEGADOS.
  • VELAR POR EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS SOBRE PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLITICOS.
  • DISTRIBUIR LOS APORTES QUE PARA EL FINANCIAMIENTO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES
  • EFECTUAR EL ESCRUTINIO GENERAL DE TODA VOTACION NACIONAL
  • RECONOCER LA PERSONERIA JURIDICA DE LOS PARTIDOS .
  • COLABORAR PARA LA REALIZACION DE CONSULTAS INTERNAS DE CONSULTAS INTERNAS DE LOS PARTIDOS.
  • DARSE SU PROPIO REGLAMENTE.

TAMBINE NOS DICE KE EL REGISTRADOR DEL ESTADO CIVIL SERA ELEGIDO PARA UN PERIODO DE CADA CINCO AÑOS.

martes, 8 de junio de 2010

..CONSTITUCION TITULO VIII..
LA RAMA JUDICIAL
228-233 EL CAPITULO 1 HABLA SOBRE LAS DISPOCISIONS GENERALES:
LAS DESISIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA SON INDEPENDIENTES, SE GARANTIZA A TODA PERSONA ACCEDER A ELLA , LOS JUECES SOLO ESTAN SOMETIDOS AL IMPERIO DE LA LEY.LOS MAGISTRADOS D LA CORTE SUPREMA SERAN NOMBRADOS POR LA RESPECTIVA CORPORACION.TAMBIEN DICE QUE PARA SER MAGISTRADO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL Y DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO SE NESECITA QUE SEAN COLOMBIANOS, SER ABOGADO, NO HABER SIDO CONDENADO POR SENTENCIA JUDICIAL A PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, HABER DESEMPEÑADO DURANTE DIEZ AÑOS CARGOS EN LA RAMA JUDICIAL.ESTOS SERAN ELEGIDOS POR PERIODOS DE 8 AÑOS Y NO PODRAN SER REELEGIDOS.
234-235 EL CAPITULO 2 HABLA SOBRE LA JURIDICCION ORDINARIA:
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ES EL MAXIMO TRIBUNAL DE LA JURIDICCION ORDINARIA Y SE COMPONDRA DEL NUMERO IMPAR DE MAGISTRADOS QUE DETERMINE LA LEY.ESTA SE DIVIDIRA LA CORTE EN SALAS , SEÑALARA A CADA UNA DE ELLAS LOS ASUNTOS QUE DEBA CONOCER SEPARADAMENTE Y DETERMINARA AQUELLOS EN QUE DEBA INTERVENIR LA CORTE EN PLENO.
236-238 EL CAPITULO 3 HABLA SOBRE LA JURISDICCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA:
EL CONSEJO SE DIVIDIRA EN SALAS Y SECCIONES PARA SEPARAR LAS FUNCIONES JURISDICCIONALES DE LAS DEMAS QUE LE ASIGNEN LA CONSTITUCION Y LA LEY. LA LEY SEÑALARA LAS FUNCIONES DE CADA UNA DE LAS SALAS Y SECCIONES.LA JURIDICCION PODRA SUSPENDER PROVISIONALMENTE.
239-245 EL CAPITULO 4 HABLA SOBRE LA JURIDICCION CONSTITUCIONAL:
NO PODRAN SER ELEGIDOS MAGISTRADOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL QUIENES DURANTE UN AÑO ANTERIOR A LA ELECCION SE HAYA DESEMPEÑADO COMO MINISTROS DEL DESPACHO O MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA O DEL CONSEJO DE ESTADO.
246-248 EL CAPITULO 5 DE LAS JURIDICCIONES ESPECIALES:
LAS AUTORIDADES DE LOS PUEBLOS INDIGENAS PODRAN EJERCER FUNCIONES JURISDICCIONALES DENTRO DE SU AMBITO TERRITORIAL DE CONFORMIDAD CON SUS PROPIAS NORMAS Y POCEDIMIENTOS, SIEMPRE QUE NO SEAN CONTRARIOS A LA CONSTITUCION Y LEYES DE LA REPUBLICA . LA LEY ESTABLECERA FORMAS DE COORDINACION DE ESTA JURISDICCION SPECIAL CON EL SISTEMA JUDICIAL NACIONAL.
249-253 EL CAPITULO 6 DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION:
LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION ESTARA INTEGRADA POR EL FISCAL GENERAL DE LA NACION, LOS FISCALES DELEGADOS Y LOS DEMAS FUNCIONARIOS QUE DETERMINE LA LEY.LA FISCALIA TIENE FUNCIONES ESPECIALES KOMO INVESTIGAR Y ACUSAR, SI HUBIERE LUGAR , A LOS ALTOS FUNCIONARIOS QUE GOCEN DE FUERO CONSTITUCIONAL, KON LAS EXCEPCIONES PREVISTAS EN LA CONSTITUCION, NOMBRAR Y REMOVER , DE CONFORMIDAD CON LA LEY A LOS EMPLEADOS BAJO SU DEPENDENCIA, PARTICIPAR EN EL DISEÑO DE LA POLITICA DEL ESTADO EN MATERIA CRIMINAL Y PRESENTAR PROYECTOS DE LA LEY AL RESPECTO ETC....
254-257 EL CAPITULO 7 HABLA SOBRE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA:
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA SE DIVIDIRA EB 2 SALAS , LA SALA ADMINISTRATIVA Y LA JURISDICCINAL DICIPLINARIA Y PUEDE TENER LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES KOMO:
ADMINIISTRAR LA CARRERA JUDICIALl.
ELABORAR LAS LISTAS CANDIDATOS PARA LA DESIGNACION DE FUNCIONARIOS JUDICIALES Y ENVIARLOS A LA ENTIDADQUE DEBE HACERLA.
EXAMINARLA CONDUCTA Y SANCIONAR FALTAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA RAMA JUDICIAL
LLEVAR EL CONTROL DE L RENDIMIENTO DE LAS CORPORACIONES Y DESPACHOS JUDICCIALES.
ELABORAR EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA RAMA JUDICIAL QUE DEBERA SER REMITIDA AL GOBIERNO Y EJERCITARLO DE CONFORMIDADCON LA APROBACION QUE HAGA EL CONGRESO.
DIPRIMIR LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIA QUE OCURRAN ENTRE LAS DISTINTAS JURISDICCIONES.

martes, 1 de junio de 2010

...c0nStiitUciion tiitulo VII...
CAPITULO 1
DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA... ARTICULOS 188 - 199
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA SIMBOLIZA LA UNIDAD NACIONAL Y AL JURAR E CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN Y DE LAS LEYES, SE OBLIGA AGARANTIZAR LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE TODOS LOS COLOMBIANOS
TAMBIEN PUEDE NOMBRAR MINISTROS Y DIRIGIR RELACIONES INTERNACIONALES, DIRIGIR LA FUERZA PUBLICA Y MANTENER EL ORDEN PUBLICO, Y PROVEER LA SGURIDAD EXTERIOR TAMBIEN SANCIONAR Y PROMULGAR LEYES

CAPITULO 2:
DEL GOBIERNO... ARTICULO 200 - 201
EN EL ARTICULO 200 HABLA SOBRE LAS FUNCIONES DEL GOBIERNO EN RELACION AL CONGRESO Y DICE KE PUEDE PRESUENTAR SUS PROYECTOS ATRAVEZ DE LOS MINISTROS TAMBIEN RENDIR CUENTAS A LA CAMARA CUNDO LO REQUIERAN...
EN EL ARTICULO 201 HABLA SOBRE LAS FUNCIONES DEL GOBIERNO EN RELACION A LA RAMA JUDICIAL Y HABLA SOBRE KE PRESTA A LOS FUNCIONARIOS LOS AUXILIOS PARA HACER EFECTIVAS SUS PROVIDENCIAS..

CAPITULO 3:
DEL VICEPRESIDENTE... ARTICULOS 202 - 205
EL VICEPRESEIDENTE SERA ELEGIDO EL MISMO SERÁ ELEGIDO EL MISMO DÍA QUE EL PRESIDENTE, DURARÁ UN PERIODO DE 4 AÑOS, EL VICEPRESIDENTE PODRA EJERCER MISIONES QUE EL PRESIDENTE LE DE SI HAY SEGUNDA VUELTA LOS CANDICDATOS A LA VICEPRESIDENCIA NO PODRAN SER CAMBIADOS SINO SERAN LOS MISMOS DE LA PRIMERA VUELTA Y PARA SER ELEGIDOS DEBEN TENER LAS MISMAS CUALIDADES KE EL PRESIDENTE . EL TAMBIEN PODRA REEMPLAZAR AL PRESIDENTE DURANTE 30 DIAS.

CAPITULO 4...
DE LOS MINISTROS Y DIRECTORES DE LOS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS... ARTICULO 206 - 208
PARA SER MINISTRO SE REQUIEREN LAS MISMAS CUALIDADES PARA SER REPRESENTANTE A LA CAMARA LOS MINISTROS SON LOS VOCEROS DEL CONGRESO
CAPITULO 5:
DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA... ARTICULOS 209 - 211
LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA ESTA AL SERVICIO DE LOS INTERESES GENERALES Y SE DESARROLLA CON FUNDAMENTOS EN LOS PRINCIPIOS DE IGUALDAD, MORALIDAD, EFICACIA, ECONOMIA, CELERIDAD, IMPARCIALIDAD Y PUBLICIDAD, MEDIANTE LA DESCENTRALIZACIÓN DE FUNCIONES...LA LEY SEÑALARA LAS FUNCIONES QUE EL PRESIDENTE PODRA DELEGAR A LOS MINISTROS

CAPITULO 6:
DE LOS ESTADOS DE EXCEPCIÓN... ARTICULOS 212 - 215

CAPITULO 7:
DE LA FUERZA PUBLICA... ARTICULOS 216 - 223
LA FUERZA PUBLICA ESTA INTEGRADA POR LAS FUERZAS MILITARES Y LA POLICIA NACIONAL... TODOS LOS COLOMBIANOS ESTAN OBLIGADOS A TOMAR LAS ARMAS CUANDO LAS NECESIDADES PÚBLICAS LO EXIGAN PARA DEFENDER LA INDEPENDECIA NACIONAL EL FIN PRIMOLDIAL ES LE MANTENIMIENTO DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES PUBLICAS. LA FUERZA PUBLICA NO ES DELIBERANTE.

CAPITULO 8:
DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES ... ARTICULOS 223 - 227
LOS TRATOS, PARA SU VALIDEZ DEBERAN SER APROBADOS POR EL CONGRESO, SIN EMBARGO EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PODRA DAR LA APLICACIÓN PROVISIONAL A LOS TRATOS DE NATURALEZA ECONOMICA Y COMERCIAL ACORDADOS EN EL AMBITO DE ORGANISMO INTERNACIONALES QUE ASI LO DISPONGAN.LA COMISION ASESORA DE RELACIONES EXTERIORES CUYA COMPOSICION SERA DETERMINADA POR LA LEY, ES CUERPO CONSULTIVO DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA..

lunes, 24 de mayo de 2010

... cOnStiiTuCiioN tiiTuLo VI...
la rama legislativa..
capitulo 1
De la composición y las funciones
Art.132.Los senadores y los representantes serán elegidos para un período de cuatro años,
Art. 133. Los miembros de los cuerpos colegiados de elección directa representan al pueblo.
Art. 134. Las vacancias por faltas absolutas de los congresistas serán suplidas por los candidatos no elegidos, según el orden de inscripción en la lista correspondiente.
Art. 135. la cámara tiene facultades tales como elegir sus mesas directivas, solicitar al Gobierno los informes que necesite, determinar la celebración de sesiones reservadas proveer empleos creados por la ley para el cumplimiento de sus funciones, citar y requerir a los Ministros para que concurran a las sesiones.
Art. 136. Se prohibe al Congreso y a cada una de sus Cámaras inmiscuírse en asuntos de competencia privativa de otras autoridades, exigir al Gobierno información sobre instrucciones de carácter reservado, autorizar viajes al exterior con dineros del erario..etc
Art. 137. Cualquier comisión permanente podrá emplazar a toda persona natural o jurídica
capitulo 2
De la reunión y funcionamiento.

Art. 138. El Congreso, por derecho propio, se reunirá en sesiones ordianrias, durante dos períodos por año, que constituirán una sola legislatura.
Art. 139. Las sesiones del Congreso serán instaladas y clausuradas conjunta y públicamente por el Presidente de la República
Art. 140. El Congreso tiene su sede en la capital de la República.
Art. 141. El Congreso se reunirá en solo cuerpo únicamente para la instalación y clausura de sus sesiones, para dar posesión al Presidente de la República, Jefes de Estado o de Gobierno de otros paises, para elegir al Contralor Genera de la República y Vicepresidente
Art. 142. Cada Cámara elegirá, para el respectivo período constitucional, comisiones permanentes que tramitarán en primer debate los proyectos de acto legislativo o de ley.
Art. 143. El Senado de la República y la Cámara de Representantes podrán disponer que cualquiera de las comisiones permanentes sesione durante el receso
Art. 144. Las sesiones de las Cámaras y de sus comisiones permanentes serán públicas
Art. 145. El Congreso pleno, las Cámaras y sus comisiones no podrán abrir sesiones ni deliberar con menos de una cuarta parte de sus miembros.
Art. 146. En el Congreso pleno, en las Cámaras y en sus comisiones permanentes, las decisiones se tomarán por la mayoría de los votos de los asistentes
Art. 147. Las mesas directivas de las Cámaras y de sus comisiones permanentes serán renovadas cada año.
Art. 148. Las normas sobre quórum y mayorías decisorias regirán también para las demás corporaciones públicas de elección popular.
Art. 149. Toda reunión de miembros del Congreso con el propósito de ejercer funciones propias de la rama legislativa que se efectúe fuera de las condiciones consitucionales, carecerá de validez.
capitulo 3
De las leyes

Art. 150. El congreso puede decretar, aprobar, expedir, conceder, por mayorí;a de dos tercios de El Covotos de los miembros las leyes
Art. 151. ngreso expedirá leyes orgánicas a las cuales estará sujeto el ejercicio de la actividad legislativa
Art. 152. Mediante las leyes estatutarias, el Congreso de la República regulará las siguientes materias: derechos y deberes, administración, organización de las leyes
Art. 153. La aprobación, modificación o derogación de las leyes estatutarias exigirá la mayoría absoluta de los miembros del Congreso y deberá efecturase dentro de una sola legislatura.
Art. 154. Las leyes pueden tener origen en cualquiera de las Cámaras a propuesta de sus respectivos miembros, del Gobierno Nacional, de las entidades señaladas en el artículo 156, o por iniciativa popular en los casos previstos en la Constit ución.
Art. 155. Podrán presentar proyectos de ley un número de ciudadanos igual o superior al cinco por ciento del censo electoral
Art. 156. La Corte Constitucional, el Consejo Superior de la Judicatura, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral, el Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República, tienen la facultad de presentar proyectos de ley en materias relacionadas con sus funciones.
Art. 157. Ningún proyecto será ley sin cumplir algunos requisitos como haber sido aprobado por el congreso, por la cámara en el primer y segundo debate.etc..
Art. 158. Todo proyecto de ley debe referirse a una misma materia y serán inadminisbles las disposiciones o modificaciones que no se relacionen con ella.
Art. 159. El proyecto de ley que hubiere sido negado en primer debate podrá ser considerado por la respectiva cámara a solicitud de su autor..
Art. 160. Entre el primero y el segundo debate deberá mediar un lapso no inferior a ocho días, y entre la aprobación del proyecto en una de las cámaras y la iniciación del debate en la otra.
Art. 161. Cuando surgieren discrepacias en las cámaras respecto de un proyecto,
Art. 162. Los proyectos de ley que no hubieren completado su trámite en una legislatura y hubieren recibido primer debate en alguna de las cámaras.
Art. 163. El Presidente de la República podrá solicitar trámite de urgencia para cualquier proyecto de ley.
Art. 164. El Congreso dará prioridad al trámite de los proyectos de ley aprobatorios de los tratados sobre derechos humanos que sean sometidos a su consideración por el Gobierno.
Art. 165. Aprobado un proyecto de ley por ambas cámaras, pasará al Gobierno para su sanción.
Art. 166. El Gobierno dispone de seis días para devolver con objeciones cualquier proyecto cuando no conste de más de veinte artículos
Art. 167. El proyecto de ley objetado total o parcialmente por el Gobierno volverá a las Cámaras a un segundo debate.
Art. 168. Si el Presidente no cumpliere el deber de sanionar las leyes en los términos y según las condiciones que la Constitución establece, las sancionará y promulgará el Presidente del Congreso.
Art. 169. El título de las leyes deberá corresponder precisamente a su contenido, y a su texto preederá la fórmula:«El Congreso de Colombia, Decreta»
Art. 170. Un número de ciudadanos equivalente a la décima parte del censo electoral, podrá solicitar ante la organización electoral la convocación de un referendo para derogatoria de una ley.
capitulo 4
del senado
Art. 171. El Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en circunscripción nacional.
Art 172. Para ser elegido senador se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de trinta años de edad en la fecha de la elección.
Art. 173. Son atribuciones del Senado: Admitir, aprobar, conceder, permitir, autorizar, elegir al procurador los magistrados etc….
Art. 174. Corresponde al Senado conocer las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quien haga sus veces; contra los Magistrados del Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. En este caso, conocerá por hechos u omisiones ocurridos en el desempeño de los mismos.
Art. 175. En los juicios que se sigan ante el Senado, se observarán estas reglas:
El acusado queda de hecho suspenso de su empleo, siempre que una acusación sea públicamente admitida,la Corte Suprema de Justicia decidirá si los hechos constituiyen responsable de infracción que merezca otra pena. Si la acusación se refiere a delitos comunes el Senado se limitará a declarar si hay o no lugar a seguimiento de causa y el Senado podrá cometer la instrucción de los procesos
capitulo 5
de la camara de representantes
Art. 176. La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales y en circunscripciones especiales.
Art. 177. Para ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección.
Art. 178.
La Cámara de Representantes tendrá las siguientes atribuciones especiales Elegir al Defensor del Pueblo. Examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto y del tesoro que le presente el Contralor General de la República. Conocer de las denuncias y quejas que ante ella se presenten por el Fiscal General de la Nación Requerir el auxilio de otras autoridades.
capitulo 6
de los congresistas
Art. 179. No podrán ser congresistas: Quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicialQuienes hubieren ejercido, como empleados públicos, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de la elección, Quienes hayan intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas Quienes hayan perdido la investidura de congresista. Quienes tengan vínculos por matrimonio Quienes esten viculados entre sí por matrimonio, o unión permanente Quienes tengan doble nacionalidad, exceptuando los colombianos por nacimiento. Nadie podrá ser elegido para mas de una corporación o cargo público.
Art. 180. Los congresistas no podrán Desempeñar cargo o empleo público o privado. Gestionar, en nombre propio o ajeno, asuntos ante entidades públicas o ante las personas que administren tributos Ser miembros de juntas o consejos directivos de entidades descentralizadas de cualquier nivel o de instituciones que administren tributos. Celebrar contratos o realizar gestiones con personas natuales o jurídicas.
Art. 181. Las incompatibilidades de los congresistas tendrán vigencia durante el período constitucional respectivo. En caso de renuncia, se mantendrán durante el año siguiente a su aceptación, si el lapso que faltare par a el venciomiento del período fuere superior.
Art. 182. Los congresistas deberán poner en conocimiento de la respectiva Cámara las situaciones de carácter moral o económico que los inhiban para participar en el trámite de los asuntos sometidos a su consideración. La ley determina rá lo relacionado con los conflictos de intereses y las recusaciones.
Art. 183. Los congresistas perdarán su investidura: Por violación del régimen de inhabilidades e incompatibilides, Por inasistencia, Por no tomar posesión del cargo dentro de los ocho días siguientes a la fecha que fueren llamados a posesionarse.
Art. 184. La pérdida de la investidura será decretada por el Consejo de Estado de acuerdo con la ley y en el término no mayor de veinte días hábiles
Art. 185. Los congresistas serán inviolables por las opiniones y votos que emitan en el ejercicio del cargo, sin perjuicio de las normas disciplinarias contenidas en el reglamento respectivo.
Art. 186. De los delitos que cometan los congresistas, conocerá en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que podrá ordenar su detención.
Art. 187. La asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración.

domingo, 18 de abril de 2010

....cOnStiTuCioN tiiTuLo V....
DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

...CAPÍTULO 1...

DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO

Art. 113. Son ramas del Poder Público, la legislativa, la ejecutiva, y la judicial.ademas de otros órganos independientes

Art. 114. Corresponde al Congreso de la República reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la administración.

Art. 115. El Presidente de la República es el Jefe del Estado, Jefe del Gobierno y suprema autoridad administrativa. .

Art. 116. La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces, administran justicia. También lo hace la justicia penal militar.

Art. 117. El Ministerio Público y la Contraloría a General de la República son órganos de control.

Art. 118. El Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo, por los procuradores delegados y los agentes del ministerio público, ante las autoridades jurisdiccionales , por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley.

Art. 119. La Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración.

Art. 120. La organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas.

Art. 121. Ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas a las que le atribuye la Constitución y la ley.

...CAPÍTULO 2...

DE LA FUNCIÓN PUBLICA

Art. 122. No habrá empleo que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento.

Art. 123. Son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios.

Art. 124. La ley determinará la responsabilidad de los servidores públicos y la manera de hacerla efectiva.

Art. 125. Los empleos de los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.

Art. 126. Los servidores públicos no podrán nombrar como empleados a personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Tampoco podrán designar a personas vinculadas por los mismos lazos con servidores públicos competentes para intervenir en su designación.

Art. 127. Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales.

Art. 128. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un cargo público ni recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga par te mayoritaria el Estado, salvo los casos expresamente determinados por la ley.

Art. 129. Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno.

Art. 130. Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los funcionarios públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial.

Art. 131. Compete a la ley la reglamentación del servicio público que prestan los notarios y registradores, la definición del régimen laboral para sus empleados y lo relativo a los aportes como tributación especial de las notarías, con destino a la administración de justicia.
...Mii cOmEnTaRiio...
En este titulo vemos como se organiza el estado. en el capitulo 1 vemos su estructura que esta conformada por las ramas del poder publico que son las que hacen al estado cumplir sus funciones , tambien esta el congreso que es aquel que hace las leyes y que a su vez lo conforman el senado y la camara. tambien esta el maximo poder administrativo que es el presidente de la republica .
pero tambien encontramos a aquellos organismos que administran justicia tales como la cortes los consejos los tribunales etc... dice que ninguna autoridad de el estado puede cumplir alguna funcion que no halla sido sesignada por el estado. ya en el capitulo 2 vemos las funciones del estado por ej los servidores publicos son aquellos que estan al servicio del estado y la comunidad. la ley determinara la responsabilidad. ellos no podran nombrar como empleados a personas con las que tengan parentesco. ninguno de ellos podra ejercer mas de un cargo publico. ni dentro ni fuera del pais.

martes, 6 de abril de 2010

la constitucion titulo IV

titulo IV

PARTICIPACION DEMOCRATICA Y PARTIDOS POLITICOS

CAPITULO 1. FORMAS DE PARTICIPACION DEMOCRATICA

ARTICULO 103. Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará. El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales.

ARTICULO 104. El Presidente con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional.

ARTICULO 105. Previo cumplimiento de los requisitos y formalidades que señale el estatuto general de la organización territorial y en los casos que éste determine, los Gobernadores y Alcaldes según el caso, podrán realizar consultas populares para decidir sobre asuntos de competencia del respectivo departamento o municipio.

ARTICULO 106. Previo el cumplimiento de los requisitos que la ley señale los habitantes de las entidades territoriales podrán presentar proyectos sobre asuntos que son de competencia de la respectiva corporación pública, la cual está obligada a tramitarlos.

CAPITULO 2. PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLITICOS

ARTICULO 107. Se garantiza a todos los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse.
Para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus candidatos propios o por coalición, podrán celebrar consultas populares o internas o interpartidistas En el caso de las consultas populares se aplicarán las normas sobre financiación y publicidad de campañas y acceso a los medios de comunicación del Estado.

ARTICULO 108. El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías étnicas y políticas, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso.

ARTICULO 109. El Estado concurrirá a la financiación política y electoral de los Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica, de conformidad con la ley. Las campañas electorales que adelanten los candidatos avalados por partidos y movimientos con Personería Jurídica o por grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas parcialmente con recursos estatales.
La ley determinará el porcentaje de votación necesario para tener derecho a dicha financiación. También se podrá limitar el monto de los gastos que los partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o candidatos puedan realizar en las campañas electorales, así como la máxima cuantía de las contribuciones privadas, de acuerdo con la ley.
Las campañas para elegir Presidente de la República dispondrán de acceso a un máximo de espacios publicitarios y espacios institucionales de radio y televisión costeados por el Estado.

ARTICULO 110. Se prohibe a quienes desempeñan funciones públicas hacer contribución alguna a los partidos, movimientos o candidatos, o inducir a otros a que lo hagan, salvo las excepciones que establezca la ley. El incumplimiento de cualquiera de estas prohibiciones será causal de remoción del cargo o de pérdida de la investidura.

ARTICULO 111. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica tienen derecho a utilizar los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético, en todo tiempo, conforme a la ley. Ella establecerá así mismo los casos y la forma como los partidos, los movimientos políticos y los candidatos debidamente inscritos, tendrán acceso a dichos medios.

CAPITULO 3. DEL ESTATUTO DE LA OPOSICION

ARTICULO 112. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al Gobierno, podrán ejercer libremente la función crítica frente a este, y plantear y desarrollar alternativas políticas. Para estos efectos, se les garantizarán los siguientes derechos: el acceso a la información y a la documentación oficial.

..Mi comentario..

En este titulo de la constitución vemos sobre las campañas electorales cuanto les da el estado para costearlas. Y algunas clausulas que ha puesto el gobierno para que los candidatos puedan realizar sus campañas sin ningún inconveniente como recibir ayudas para las campañas de personas ajenas a lo que les da el gobierno. También habla acerca de que el gobierno debe apoyar a los sindicatos o movimientos políticos si la cantidad de personas es considerable. También hace referencia acerca de que si el presidente quiere tomar una decisión trascendental puede ser apoyada con la participación del pueblo.

la constitucion

La constitucion titulo III
..Los habitantes y el territorio..


ARTICULO 96. Modificado por el Acto Legislativo 01 de 2002.
Artículo 1°. El artículo 96 de la Constitución Política quedará así: "Artículo 96. Son nacionales colombianos.
1. Por nacimiento:
a) Los naturales de Colombia osea que el padre o la madre hayan sido naturales o nacionales colombianos o que, siendo hijos de extranjeros, alguno de sus padres fuese ciudadano de la república.
b) Los hijos de padre o madre colombianos que hubieren nacido en tierra extranjera y fuego se domiciliaren en territorio colombiano o registraren en una oficina consular de la República.
2. Por adopción:
a) Los extranjeros que soliciten y obtengan carta de naturalizaci6n, de acuerdo con la ley, la cual establecerá los casos en los cuales se pierde la nacionalidad colombiana por adopción;

ARTICULO 97. El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, que actúe contra los intereses del país en guerra exterior contra Colombia, será juzgado y penado como traidor.

CAPITULO 2. DE LA CIUDADANIA

ARTICULO 98. La ciudadanía se pierde de hecho cuando se ha renunciado a la nacionalidad, y su ejercicio se puede suspender en virtud de decisión judicial en los casos que determine la ley.


ARTICULO 99. La calidad de ciudadano en ejercicio es condición previa e indispensable para ejercer el derecho de sufragio, para ser elegido y para desempeñar cargos públicos que lleven anexa autoridad o jurisdicción.

CAPITULO 3. DE LOS EXTRANJEROS

ARTICULO 100. Los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. No obstante, la ley podrá, por razones de orden público, subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de determinados derechos civiles a los extranjeros.

CAPITULO 4. DEL TERRITORIO

ARTICULO 101. Los límites de Colombia son los establecidos en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, debidamente ratificados por el Presidente de la República, y los definidos por los laudos arbitrales en que sea parte de la nación.

ARTICULO 102. El territorio, con los bienes públicos que de él forman parte, pertenecen a la Nación.

..Mi comentario..

En este titulo se habla de cuando un ciudadano pierde su nacionalidad, también como puede llegar una persona a ser ciudadana colombiana ya sea por nacimiento por adopción por tener padres colombianos o etc.…. También dice que los extranjeros tienen derecho a participar de los mismos derechos civiles que los ciudadanos. también dice que todos los ciudadanos tienen como derecho ser elegidos a cargos públicos. Y que si alguna persona que perdió la nacionalidad esta yendo en contra de los intereses del país podrá ser judicializado. Así que estos derechos son muy importantes y deben estar obligatoriamente en la constitución por que son esenciales para la buena convivencia dela sociedad.